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SERÁ LEY: SE APRUEBA EL CULTIVO DE CANNABIS MEDICINAL EN CHILE

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Miles de usuarios de cannabis celebran la aprobación del proyecto de ley que regula el cultivo de marihuana para uso medicinal y endurece el narcotráfico.

 

¿Qué pasó?

Esta semana el senado aprobó el proyecto sobre la modificación de la “ley de sanción al narcotráfico y bandas criminales” que pretende modificar un apartado de la ley 20.000 para engrosar las sanciones a bandas organizadas por el concepto de narcotráfico.

Este proyecto de ley que anteriormente había sido aprobado por la cámara de diputados, ha sido tramitado por más de tres años y es una modificación de diferentes cuerpos legales que permiten mejorar la persecución al crimen organizado.

Dentro de este contexto, se discutió anteriormente  en la cámara de senadores y no en una comisión mixta, integrar también la regulación del cultivo de cannabis para el uso adulto, sin embargo,  desafortunadamente este no prosperó y no pudo seguir su curso.

Esto quiere decir, que al no ser regulado la ley se aplica de la misma manera que en la actualidad, es decir, sin excepciones.

No obstante, sí se puso en la mesa de la comisión mixta la discusión sobre la salvedad del cultivo de marihuana con fines medicinales, para así dar tranquilidad a miles de pacientes de cannabis medicinal que actualmente son tratados como delincuentes y allanados injustamente.

  

   

Cambios a la ley

Principalmente los cambios que se aplicaron están relacionados con el endurecimiento de las penas aplicadas al narcotráfico y al crimen organizado, algunas de ellas son:

- Penas más severas para bandas y/o personas que involucran a menores de edad en cualquier organización criminal o trabajo delictivo, o a aquellos que proporcionen drogas a adolescentes y/o niños (menores de edad)

- Decomiso temprano de bienes.

- Rastreos de dinero de las bandas criminales

- incautación de bienes y dinero para donación para instituciones como SENDA Chile.

 

Cultivar cannabis con fines médicos

Aunque el cultivo medicinal se presumía cubierto por una receta médica, en estricto rigor la policía estaba en su derecho de allanar y destruir todo el material incautado en el domicilio particular del imputado y la ley procedía a cumplir con todos los pasos legales para inculpar al sospechoso por narcotráfico y posesión de estupefacientes.

Luego, y dentro del período “alegatorio”, los abogados de la víctima podían presentar los documentos de salud para comprobar la veracidad del tratamiento médico.

Sin embargo, a la espera de un juicio que podía absolver o condenar al imputado, quedaba en discernimiento de un juez si procedía cumplir una medida cautelar en prisión preventiva.

En este punto hubo muchos casos de víctimas de la justicia que pasaron meses encarcelados por cultivos de cannabis, padres de familia y madres con hijos enfermos que dependían del tratamiento con marihuana, siendo uno de los casos más emblemáticos el de Rodrigo Barraza, quien luego de 10 meses encarcelado de manera injusta y a la espera de un juicio en el que luego fue absuelto, se quitó la vida por los graves daños psicológicos sufridos por la policía y al interior del penal.  

 

¿Qué cambia ahora?

El cambio más grande y que hoy celebran todos los cultivadores de cannabis medicinal, es que no se perseguirán a quienes cultiven para este fin, ya no será necesario el procedimiento policial y jurídico para luego la absolución por estar justificado el fin de la tenencia de marihuana o el cultivo en casa, sólo con la receta médica y el cumplimiento de la ley en este sentido, la policía NO DEBE ALLANAR NI DESTRUIR PLANTAS DESTINADAS PARA USO MÉDICO.

 

El cultivo medicinal del cannabis será permitido siempre que:

- Se mantenga con fines privados

- Esté avalado por una receta médica con rut de un médico neurocirujano comprobable.

- Aparezca clara la patología, el tratamiento, la frecuencia y el modo de uso.

 

 

Los modos de usos también fueron señalados y fueron: gotas, resina en jeringa, cremas y ungüentos tópicos

No será permitido recomendar a los pacientes la combustión, por lo que los cigarrillos de cannabis quedan fuera de esta modificación de la ley.

Esto generó controversia ya que existen los vaporizadores de uso médico, por lo que también estaría amparado ante esta modificación la tenencia de flores secas en los domicilios particulares.

 

¿Qué pasará con los usuarios recreativos?

Bastante y muy poco. Con la regulación del cultivo medicinal, el cultivo adulto queda fuera de la ley por lo que puede ser mucho más perseguido. La cámara mixta fue enfática al establecer que la receta médica NO servirá de medio para disminuir las penas para quienes sean sorprendidos cultivando marihuana sin fines médicos.

  

¿Desde cuándo se podrá cultivar?

Este proyecto de ley ya se encuentra aprobado por ambas cámaras, diputados y senadores, faltando sólo la promulgación de esta dentro de los próximos 90 días para que el proyecto se transforme en la esperada ley de cultivo de cannabis medicinal que no es una ley sobre el cannabis en particular, pero que le dan tranquilidad a miles de usuarios cannábicos que han esperado por este avance, sabemos que no es todo por lo cual se ha luchado, pero si es un gran paso y estamos felices por todos quienes se beneficiarán de esta nueva ley para Chile. Vamos arriba!!

 

 
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